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Categoría: Locales
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Nota de prensa
Ayuntamiento Municipal Sosúa 25-03-2019

Distinguidos medios de comunicación, munícipes de nuestra ciudad, opinión pública en general, nos permitimos edificarlos con relación a la denuncia realizada por el señor JULIO ALBERTO TAVERAS DE STEFANO en medio televisivo y redes sociales, afirmando que El Ayuntamiento del municipio de Sosúa precedido por la señora alcaldesa Ilana Neumann de Azar le pidió RD$150 mil pesos a cambio de entregarle informaciones:

PRIMERO: Es preciso informarles que mediante el acto de alguacil no. 230/2019 del ministerial Arturo Heinsen Marmolejos, el señor JULIO ALBERTO TAVERAS DE STEFANO intimó a la alcaldía para que amparado en la Ley de Libre Acceso a la Información Pública ( Ley 200-04), proceda a entregar la información consistente en 52 pedimentos que en sentido general tiene alcance de toda la actividad, en todos los órdenes realizada por este ayuntamiento durante la gestión completa que consiste en un período de seis años, más dos años, ocho meses y nueve días que corresponden al segundo período, esto porque aunque señala el inicio en el año 2012, sin embargo pide informaciones que abarcan dos períodos, lo que constituye un cúmulo de informaciones en su mayoría en departamentos técnicos, que desde el punto de vista de lo que es posible o no hacer en un espacio de tiempo, no podría precisarse si los plazos establecidos en la ley en cuestión fueran suficientes para producir en su totalidad la información solicitada.

SEGUNDO: La Alcaldesa, Licenciada Ilana Neumann, en obediencia a la ley y muy a pesar de que la solicitud por su dimensión pudiera ser considerada como un uso abusivo de los derechos que tiene el solicitante al requerir información, tomando en cuenta los plazos contenidos en la ley no se ha negado a entregar la información, es por ello que mediante el Acto no. 279-2019 del ministerial Wndy M. Peña Tavárez la alcaldía informó al solicitante que debía depositar por ante la tesorería municipal el monto de RD$150,000 pesos mediante cheque bancario certificado a nombre del Ayuntamiento de Sosúa.

TERCERO: El valor del depósito requerido está basado conforme lo establece el Artículo 14 de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública ( Ley 200-04), sobre la gratuidad de la ley, citamos: “El acceso público a la información es gratuito en tanto no se requiera la reproducción de la misma".

Esto significa que cualquier foto copia, material gastable, contratación de nuevo personal y sus horas extra debe ser pagado por la persona que solicita la información.
“En la pasada gestión como en la actual hemos trabajado con total transparencia manejando los recursos que dispone el Ayuntamiento de manera pulcra y clara.

Creemos y apoyamos la ley de Libre Acceso a la Información Pública y así la hemos cumplido con todos los ciudadanos que realmente tienen interés en conocer como se invierten los recursos en las instituciones públicas.

Attt.
Ilana Neumann
Alcaldesa Municipal